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20 April 2018, Alberto Perez Cedillo

Inglaterra vs Escocia: conflicto de jurisdicción en una reclamación de pensión compensatoria

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La existencia de los Reglamentos europeos que son de aplicación a distintas materias que forman el derecho de familia ha provocado que ante una ruptura matrimonial pueda producirse la división del procedimiento de forma que se lleven a cabo distintas acciones en distintos países en virtud de la materia de la que se trate.

Por ejemplo, es posible que el tribunal de un país este conociendo del divorcio y que los tribunales de otro país tengan la potestad de establecer las medidas con relación a los menores, pudiendo incluso generar conflictos de jurisdicción entre los distintos estados. Pues bien, esto es precisamente lo que sucedió en el caso de Villers vs Villers, surgiendo la disputa nada más y nada menos que entre Escocia e Inglaterra.

En la aplicación de los reglamentos europeos, el Reino Unido siempre se ha tratado como un único estado, sin embargo, en un reciente case de conflicto de jurisdicción llevado a cabo ante los tribunales ingleses, éstos decidieron tratar a Inglaterra y a Escocia como dos estados diferentes en relación con la aplicación del Reglamento 4/2009.

El conflicto de jurisdicción surgió cuando la esposa interpuso demanda reclamando una pensión compensatoria (o de alimentos como se conoce en Inglaterra), unos meses después de que su marido hubiera interpuesto una demanda de divorcio ante los tribunales de Escocia.

El matrimonio había estado residiendo en Escocia durante 12 años, hasta que se separaron en abril del 2012 y la esposa se trasladó a residir a Inglaterra.

A pesar de que el marido había interpuesto la demanda de divorcio, no había incluido en su demanda la cuestión de la pensión compensatoria. Su argumento era que al haber interpuesto demanda de divorcio, la cuestión de la pensión compensatoria estaba implícita, pues un tribunal escocés no puede proceder a dictaminar el divorcio mientras los asuntos económicos entre las partes no estén resueltos.

La disputa tuvo lugar ante el Alto Tribunal de Inglaterra y Gales. De acuerdo con el Reglamento Europeo 4/2009, en el supuesto de que dos o más procedimientos sobre la misma materia se hayan iniciado en distintos estados de la Unión Europea, el juzgado ante el que se haya interpuesto la demanda primero adquiere jurisdicción, y el resto deben suspender el procedimiento.

El juez del Alto Tribunal de Inglaterra y Gales rechazó el argumento del marido de que su demanda de divorcio implícitamente incluía la cuestión de la pensión compensatoria, y determinó que los tribunales ingleses tenían jurisdicción para conocer de la reclamación de pensión compensatoria, pues eran los tribunales ante los que se había interpuesto primero dicha reclamación.

Esta decisión tendrá un gran impacto en el resultado del procedimiento, pues la legislación entre Inglaterra y Escocia en materia de pensión compensatoria es sustancialmente distinta. En Inglaterra es probable que a la esposa se lo otorgue una pensión compensatoria vitalicia, mientras que en Escocia probablemente se la hubieran otorgado por un periodo de 3 o 4 años.

Cuestiones como esta muestran lo importante que es recibir un asesoramiento profesional adecuado cuando hay varias jurisdicciones involucradas, ya que los países colindantes pueden tener interpretaciones muy diferentes sobre la misma cuestión.