22 enero 2018, Alberto Perez Cedillo
Viuda inglesa solicita prestación económica de la herencia de su marido 10 años después de su defunción
El Tribunal Supremo de Inglaterra y Gales ha denegado a una viuda, la solicitud para reclamar una prestación económica de la herencia de su marido, que llevaba más de 10 años fallecido.
Joe Sargeant dejó en su testamento una cantidad económica para el mantenimiento de su mujer (Mary) y de la granja de más de £75,000. El remanente de su herencia fue constituido en un fideicomiso familiar del cual eran beneficiarias su mujer, la hija de ambos (Jane) y la hija de Jane.
Con el transcurso de los años, Mary gastó la provisión que su marido le dejó. Ante las dificultades económicas que estaba atravesando, Mary solicitó más fondos al fideicomiso, que le fueron denegados.
Ante esta negativa, Mary solicitó la posibilidad de reclamar una provisión financiera para el mantenimiento del cónyuge viudo amparándose en la Ley de Herencias de 1975 (provisión para la familia y los dependientes del causante).
El problema en este caso es que dicha ley, establece un plazo de 6 meses desde la obtención del grant of probate o auto de adveración, para la solicitud de este tipo de medidas, habiéndolo solicitado Mary más de 10 años después. Al haber transcurrido tantos años, el recurrente debe obtener permiso ante los tribunales para poder solicitar cualquier medida sobre la herencia.
El Tribunal Supremo, rechazó la solicitud de reclamación fundamentando que, durante el proceso de herencia no se ocultó ni se engañó a Mary, ni tampoco existió causa que sobreviniera fuera del control de la solicitante. Sin embargo, considera el Tribunal que Mary aceptó la voluntad de su difunto marido establecida en el testamento, en lugar de investigar qué posibilidades tenía para poder cambiar estas.