23 mayo 2022, Alberto Perez Cedillo
¿Se puede continuar reclamando una compensación financiera tras el fallecimiento de una de las partes durante el procedimiento?
Comúnmente se dice que un divorcio es como pasar por un duelo, pero ¿qué sucede realmente si la persona de la que te estás divorciando fallece en mitad del procedimiento?
En Inglaterra y Gales se ha dictado resolución en el caso de Hasan v Ul Hasan (Fallecido) Anor [2021] EWHC 1791 (Fam), donde una pareja de origen Pakistaní se separa en el 2006, el marido obtiene el divorcio en Pakistán en el 2012, y en el año 2017 la mujer presenta una demanda de finacial relief (o compensación financiera) en Inglaterra bajo el Part III of the Matrimonial and Family Proceedings Act 1984. Estalegislación permite en determinadas circunstancias al tribunal inglés otorgar compensaciones financieras después de un divorcio que ha tenido lugar en el extranjero si una de las partes no ha sido compensada adecuadamente. La mujer al presentar la demanda afirmó que el exmarido había generado una riqueza significativa durante el matrimonio y los años posteriores.
Desafortunadamente el 18 de enero de 2021 falleció el marido/demandado con 81 años. La parte actora, de 74 años, argumentó que la demanda bajo la regulación del Part III debía continuar a pesar del fallecimiento, pues el procedimiento ya se encontraba en curso. Debe tenerse en cuenta que este tipo de reclamación no podría iniciarse si el demandado ya hubiera fallecido antes de la presentación de la demanda.
El caso fue valorado en la División de Familia del Tribunal Superior en junio de 2021 ante el magistrado Mostyn J. quien tras revisar la jurisprudencia disponible confirmó estar obligado por el caso del Tribunal de Apelaciones Sugden v Sugden [1957] P 120, el cual determinó que este tipo de demandas financieras (como con otras reclamaciones financieras presentadas después del divorcio) no pueden continuar tras la muerte del demandado.
Sin embargo, habiendo llegado a esta conclusión, ya en el párrafo número 23 de su sentencia, Mostyn J. argumentó en los siguientes 49 párrafos con gran detalle por qué consideraba que el caso de Sugden no estaba planteado correctamente y señaló varias razones, entre ellas que las reclamaciones económicas tras el divorcio:
- Debe continuar después de la muerte del demandado, como es el caso de la mayoría de las reclamaciones civiles;
- Eran menos especulativas que muchas otras reclamaciones económicas que continúan a pesar de la muerte del demandado (por ejemplo, una reclamación por lesiones personales) y, por lo tanto, se deduce que las reclamaciones financieras posteriores al divorcio también deben sobrevivir a la muerte del demandado.
Finalmente, el juez, de forma muy inusual, confirmó que, si alguna de las partes deseaba apelar su decisión, otorgaría permiso para que se presentase un recurso directamente ante el Tribunal Supremo (basándose en que el Tribunal de Apelaciones también estaría vinculado por el caso Sugden).
Queda, por tanto, esperar a saber si la exesposa finalmente decidirá si recurrir esta decisión. De ser así, el asunto llegará al Tribunal Supremo. En el supuesto de que el Tribunal Supremo estuviera de acuerdo con Mostyn J. se daría lugar a un tipo completamente nuevo de litigios de divorcio.