28 octubre 2021, Alberto Perez Cedillo
El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el impuesto de la Plusvalía Municipal.
La sentencia establece que los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo «establecen un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento»
Este impuesto supone una recaudación anual para los ayuntamientos de 2.500 millones de euros.
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