8 julio 2019, Alberto Perez Cedillo
¿Cómo puedo pagarme el divorcio en Inglaterra?
Es práctica habitual en el ámbito matrimonial inglés solicitar los llamados “préstamos para litigios” o litigation loans, y el número de entidades que ofrecen este tipo de soluciones ha aumentado exponencialmente en los últimos años.
Los niveles astronómicos a que pueden ascender los honorarios profesionales en procedimientos matrimoniales de naturaleza económica, así como la falta de acceso al turno de oficio, ha hecho que la financiación de estos costes legales sea uno de los puntos clave a la hora de aceptar proceder con un caso de este tipo.
Es obligación de los solicitors no solo el dar estimaciones de honorarios concretas, sino también el conocer los tipos de financiación disponibles para cada cliente particular y asesorarle al respecto. Así viene recogido en el Código Deontológico (el Solicitors Regulation Authority Code of Conduct). Esta discusión debe producirse al inicio del contacto con el cliente, en particular si hay indicaciones de que puede tener problemas económicos para hacerse cargo de los costes del procedimiento.
Hay opciones que no tienen que pasar necesariamente por un préstamo para litigios: por ejemplo, asistencia jurídica gratuita (aunque únicamente esta disponible en unos pocos casos tasados), llegar a un acuerdo con la otra parte por la que se comprometa a costear el procedimiento, solicitar al tribunal una orden por la que la otra parte tenga la obligación de costear el procedimiento, etc. Las circunstancias personales y económicas de cada cliente determinarán la opción más aconsejable, práctica o viable.
Generalmente, los clientes que deciden solicitar préstamos son la parte económicamente más débil del matrimonio. Esta opción les puede permitir instruir a los representantes legales adecuados desde el principio para potenciar la igualdad de las partes durante el procedimiento, lo que siempre favorecerá que se llegue a un acuerdo justo y equilibrado para ambos cónyuges. A modo de ejemplo, suele aconsejarse la ruta del préstamo a clientes que están sometidos a una relación abusiva o controladora y que además no cumplen los requisitos para obtener asistencia jurídica gratuita. Esto les dará independencia y no tendrán que acudir a la otra parte para intentar financiar el caso. También debe tenerse en cuenta que suele ser requisito necesario antes de obtener una orden por la cual la otra parte tenga que hacerse cargo de los gastos legales del cónyuge que el beneficiario de dicha orden haya agotado todas las posibles fuentes de financiación a su alcance, incluyendo la solicitud de un préstamo para litigios.
En caso de que un cliente decida solicitar un préstamo, deberá elegir a qué entidad. Los Solicitors tienen la obligación de actuar en interés de sus clientes, y por tanto no pueden simplemente recomendar una entidad, sino que tienen que ofrecer a sus clientes suficientes opciones e información como para que estos tomen una decisión informada y de manera independiente. También deben asegurarse de que estas entidades están reguladas por la autoridad financiera inglesa, el Financial Conduct Authority.
Es necesario realizar un estudio detallado, ya que las distintas entidades ofrecen diferentes servicios y productos. Uno de los factores vitales es, por supuesto, la tasa de interés aplicable y la base de la tasa de interés interanual, así como cualquier otro gasto o tasa asociado con el préstamo. Además, el interés puede ser simple o compuesto, y puede aplicarse sobre el total concedido o sobre las cantidades que realmente se usen.
Uno de los tipos de préstamo más habituales es el llamado préstamo no garantizado de la Ley de Crédito al Consumidor (unsecured Consumer Credit Act loan), por el que la cantidad concedida se reembolsa traspasando una parte de los ingresos del acuerdo financiero entre los cónyuges.
Otras entidades ofrecen préstamos asegurados a través de una carga sobre una propiedad o algún otro activo fijo. La situación debe analizarse con cuidado ya que en caso de que el acuerdo financiero final no cubra la cantidad prestada, la carga puede ejecutarse, lo que puede derivar en la venta o subasta de la propiedad. En estos casos, es aconsejable realizar un estudio de la capacidad hipotecaria del cliente, para asegurarse de que puede rehipotecar la vivienda si fuera necesario.
Otro factor que varía de un producto a otro es la retirada de los fondos. Algunas entidades exigen que el cliente retire la cantidad al inicio del préstamo, por lo que se carga el interés completo desde el primer día. Otras entidades permiten varias retiradas de dinero a medida que el procedimiento avance, aplicando interés sobre las cantidades efectivamente utilizadas.
Variables a tener en cuenta son la duración del préstamo y las posibles penalizaciones aplicables, sobre todo teniendo en cuenta lo difícil que resulta prever la duración del procedimiento ante la carga de trabajo de los tribunales de familia ingleses. Algunas entidades ofrecen una reducción de tasas si se llega a un acuerdo antes de lo anticipado.
Un último factor de gran relevancia es si el préstamo cuenta con una póliza de seguro o no. Algunas entidades obligan al cliente a aceptar esta póliza a través de una prima, generalmente un porcentaje del préstamo concedido. Esto puede encarecer sustancialmente esta opción de financiación.
Existen también ciertas entidades proveedoras de este tipo de servicios que exigen al cliente una garantía de algún tipo por parte del despacho de abogados. Este tipo de acuerdos traspasan la responsabilidad final por el pago al solicitor en caso de que el cliente no pueda cumplir el acuerdo. Esto solo puede aceptarse si el solicitor tiene el total convencimiento de llegar a un acuerdo económico suficiente con la otra parte como para satisfacer el reembolso de la cantidad prestada.
Valorar todas estas opciones junto al cliente poco después de recibir sus instrucciones es un paso fundamental para asegurar la viabilidad económica del caso. Omitir este paso puede tener consecuencias desastrosas no solo para el cliente, sino para el despacho que le representa.
Olalla García-Arreciado Mazarío